La ANMAT prohibió la venta de 4 variedades de aceitunas

aceitunas olivas

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de cuatro variedades de aceitunas por considerarlas “productos ilegales” dentro del mercado.

A través de la Disposición 3074/2022, publicada en la medianoche del jueves en el Boletín Oficial, la Dirección de Registro y Control de Alimentos de la provincia de Tierra del Fuego informó haber recibido acusaciones relacionadas con los productos ofrecidos por la marca “Algiuben – Producto Gourmet”.

Tras verificar los reclamos, todos hechos en base a que el alimento no cumplía con la normativa vigente, la Dirección de Bromatología e Higiene del Municipio de Río Grande de Tierra del Fuego procedió a llevar a cabo una inspección en uno de los establecimientos donde se comerciaba el fruto del olivo.

Durante el operativo, se tomaron muestras de los siguientes tipos de aceitunas: “Aceitunas con palmitos en aceite”, “Aceitunas negras condimentadas en aceite”, “Aceitunas con almendras en aceite” y “Aceitunas con nueces en aceite”. Todas y cada una de estas variedades habían sido importadas desde San Juan.

En consecuencia, y según señala el documento, el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos se comunicó con la División Alimentos de la provincia de San Juan, a fin de verificar si el producto se estaba autorizado para su venta al público.

Posterior al análisis, pudo confirmarse que tanto los productos como la empresa que los comerciaba no contaban con registro alguno y, por lo tanto, su operación no estaba habilitada. Se determinó entonces que ambos estaban en infracción, a la vez que se calificó a los productos como “ilegales”.

Finalmente, la Disposición indica que “con el fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria recomienda prohibir la comercialización de todo el territorio de los citados alimentos”, recomendación adoptada por la Anmat.

Ocho suplementos dietarios restringidos por “comercialización ilegal”

Tal y como ocurre con las aceitunas, La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la venta de ocho suplementos dietarios con motivo en su “comercialización ilegal”. El anunció se concretó también en el Boletín Oficial y bajo la Disposición 3073/2022.

La investigación comenzó a partir del reclamo de una particular debido a que los siguientes productos tampoco cumplían con la normativa vigente: “Lipoblue Advance, Lipoblue Ultra 8K, Lipoblue Supreme, Lipoblue Supreme Max, Lipoblue Ultra Lipo, LB Classic, Lipoblue Boost y Lipoblue Forskolin Extract.

Para todo los casos, la denunciante remarcó que el cúmulo de elementos presentaba rótulos en inglés además de carecer del complementario con la información obligatoria. Tras intentar verificar su país de procedencia, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos logró dar con un antecedente.

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) de Colombia había emitido una alerta previa, con fecha del 27 Abril 2021, para advertir a la ciudadanía sobre la comercialización ilegal de cuatro de los siete productos mencionados anteriormente.

Frente a la falta de información sobre los productos a la venta y la advertencia del instituto colombiano es que el organismo descentralizado decidió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas electrónicas de estos suplementos dietarios.