El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación presentó el Programa de Incentivo para Inversiones Turísticas de Pequeños Prestadores (InTur), «con el objetivo de mejorar la oferta turística en todo el país, fortalecer la cadena de valor del sector y potenciar el desarrollo de las economías regionales».
Con una inversión inicial proyectada de $200 millones, el nuevo programa del Gobierno Nacional está destinado a prestadores turísticos independientes y MiPyMEs con hasta 50 trabajadores a cargo que desarrollen alguna de las actividades vinculadas con el sector turístico, y que presenten un proyecto de inversión.
El nuevo programa forma parte del Plan Estratégico del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación para la promoción, desarrollo y formación del sector a nivel federal, con el objetivo de seguir generando empleo genuino y de calidad.
Los beneficiarios
Podrán acceder los prestadores independientes (sin empleados/as a cargo) y pequeños prestadores (con 1 hasta 50 empleados/as), que desarrollen alguna de las actividades vinculadas con el sector turístico, y que presenten un proyecto de inversión (IDEA-PROYECTO).
El beneficio
Se otorgarán aportes no reintegrables (ANR), los cuales se diferenciarán según características del prestador:
A) Para prestadores turísticos independientes, el monto máximo del ANR será de $500.000 y el aporte podrá ser de hasta el 100% del proyecto.
B) Para pequeños prestadores turísticos el monto máximo del ANR será de $1.000.000. Se podrá otorgar hasta el 80% del monto total de la inversión, debiendo el beneficiario aportar el 20% restante del proyecto como contraparte.
En ambos casos el monto mínimo del ANR es de $100.000 para todos los prestadores alcanzados.
¿Qué financia InTur?
Bienes de capital, equipamiento y otros activos tangibles: inversiones en bienes de capital (maquinarias, partes de maquinarias, etc.) y nuevo equipamiento en general, siempre que se encuentren directamente relacionados a la actividad principal del prestador turístico (mobiliarios, electrodomésticos, equipos, hardware y demás).
Adecuación, ambientación, ampliación o refacción de inmuebles: gastos de los materiales para la adecuación, ambientación, ampliación o refacción de bienes inmuebles que impliquen la generación y/o mejora de un servicio turístico. No se podrán incluir en este concepto gastos relacionados a mano de obra.
Más info y la posibilidad de iniciar ahí mismo el trámite, haciendo clic en el siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/turismoydeportes/intur