La audiencia pública es el espacio en el que los usuarios, entidades de consumidores, técnicos y representantes de empresas y las autoridades dan a conocer y discuten medidas relacionadas con los precios de los servicios, más allá de que no poseen carácter vinculante.
El Poder Ejecutivo podrá definir el lugar en el que se realizará y en el caso del gas, que abarca a todo el país, puede ser en cualquier localidad del país. El Ente Nacional de Regulación del Gas (Enargas), tendrá a su cargo la concreción y conducción del encuentro.
La Audiencia pública busca prevenir actos ilegítimos puesto que les otorga a los particulares la posibilidad de participar activamente en la formación de las decisiones de la Administración, “constituyendo un nuevo ámbito para exponer e influir con sus argumentos y ofrecer y producir prueba antes de la toma de ciertas decisiones”, se destaca en los considerandos de las normas que crearon esta norma.
El informe de cierre se encontrará disponible a partir de los diez días de finalizada la Audiencia y la resolución final será dictada dentro de los 30 días de recibido el informe de cierre.
Si los participantes rechazan los aumentos, eso no implica que los mismos no puedan efectivizarse, aunque le pueden sugerir al Gobierno distintas alternativas para aumentar las tarifas.
Fuente Télam