La justicia federal de Dolores le ordenó a la Autoridad de Aplicación la suspensión de la medida que debía estar en funcionamiento el 1 de octubre. El magistrado consideró que la decisión de la AFSCA afecta «el derecho de libertad de expresión y de prensa; de propiedad, libre iniciativa, de ejercer industria lícita, y de libertad comercial».




